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Recomendaciones de Prevención del Acoso Digital

Recomendaciones de Prevención del Acoso Digital

Para contribuir a frenar y erradicar todo tipo de violencia digital que haga uso de los datos y ponga en peligro la dignidad, libertad y privacidad de las personas la AEPD ha elaborado un conjunto de recomendaciones específicas orientadas a erradicar el acoso laboral y el acoso por razón de género cuando este tipo de conductas se produzcan en el ámbito digital y se materialicen a través del uso y tratamiento de datos personales, instando a las empresas a que las incorpore como una dimensión más en los planes de adecuación y cumplimiento a la normativa de protección de datos.

Estas recomendaciones parten de una declaración de compromiso, por parte del responsable, de prevenir y erradicar el acoso digital, de modo que la empresa impulse una cultura de respeto a la intimidad de las personas y de concienciación en el empleo de los datos personales en el contexto de las TIC.

Una vez definida la postura de la empresa ante este tipo de conductas resulta fundamental la adopción de medidas concretas orientadas a la prevención del ciberacoso que eviten el tratamiento ilícito de los datos de los empleados por parte de otros empleados con un claro objetivo de causar daño. En este sentido son clave la información con relación a qué tipo de conductas son inadecuadas en el empleo de las nuevas tecnologías y la formación a los empleados para que tomen conciencia de los riesgos que un tratamiento ilícito de datos personales puede entrañar para la intimidad y privacidad de las personas y conozcan las consecuencias, penales y administrativas en su caso, en que pueden incurrir.

Por último, además de la prevención, es importante implementar medidas orientadas a la erradicación del acoso digital a través de un firme compromiso por parte de la empresa que ha de ir presidido por el deber de colaboración con las autoridades competentes, la puesta en marcha de mecanismos de actuación previstos en las políticas de prevención del acoso y el desarrollo de cauces especiales para los supuestos en que el acoso se materialice a través de tratamientos ilícitos de datos personales.

Puede ampliar esta información consultando las recomendaciones publicadas por la Agencia Española de Protección de Datos en relación al uso de la protección de datos como garantía en las políticas de prevención del acoso y, a modo de ejemplo, los protocolos de actuación frente al acoso laboral y de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en la AEPD. En esta línea, la AEPD ha puesto dispone de un canal prioritario para la retirada de contenidos especialmente sensibles que sean objeto de difusión ilegítima en medios electrónicos, puede acceder a este canal a través de la sede electrónica de la AEPD.